Declaración Anual de Personas Físicas

Se presenta en el mes de abril del año siguiente y están obligadas las personas que obtuvieron ingresos gravados en un año de calendario, a excepción de los exentos y por los que se haya pagado un impuesto definitivo.

El acceso es con la E.Firma, y su contraseña respectiva (es importante tener vigente tu e.firma), o en su caso, bajo ciertas condiciones, el acceso es con el RFC y su contraseña respectiva.

La declaración se presenta en línea en el Portal del SAT.

Fuente:

Ley del Impuesto Sobre la Renta: Artículo 150 (para efectos de RESICO, con base en las facilidades del Plan Maestro 2025, se eliminó la obligación de presentar la declaración anual).

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