Dentro de los tres meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio fiscal (fecha límite al 31 de marzo) para personas morales, excepto las que realizan actividades con fines no lucrativos (su fecha límite es el 17 de febrero).
En el mes de abril (fecha límite 30 de abril) para personas físicas.
Te recomendamos acudir con un especialista para presentarla, de preferencia con un contador público certificado.
